Por: Redacción Paradigma
El Instituto Duartiano rechaza de manera categórica el irrespeto proferido por antisociales que,haciendo un uso impropio de las redes para ultrajar al Padre de la Patria y Fundador de laRepública, Juan Pablo Duarte y Díez, así como para desnaturalizar nuestro Himno Nacional.
A través de las redes sociales se han llevado a efecto estos lamentables actos de profanación einjuria, en el caso del líder trinitario el irrespeto ha consistido en difundir imágenes videográficas en las cuales se le insulta y ofende, por medio de una transmisión en vivo emitida desde una cuenta dela red social “Instagram”, la cual tenemos identificada.
En lo que concierne al Himno Nacional, bajo la modalidad de red social “Tik Tok”, se ha ultrajadoeste elevado emblema nacional, mediante un video en el cual se ve ejecutar un baile bajo eldenominado género “dembow”, apelando en la especie, inclusive, a movimientos obscenos einsinuantes, cuestión que agrava este execrable acto delictivo.
Con relación a estos hechos, esta entidad patriótica, sobre la base de lo que disponen las leyesnúmeros 127-01, sobre el Instituto Duartiano y la protección del buen nombre del Prócer, y la 210-19, sobre Símbolos Patrios, ha procedido a apoderar formalmente a la Magistrada Procuradora General de la República, Dra. Mirian Germán, a los fines de que estos hechos sean investigados y, una vez identificados los responsables, se proceda a someterlos a la acción de la justicia.
La Ley núm. 127-01 establece que el Instituto Duartiano ha de preservar el buen nombre de Duartepara la edificación cívica y moral del pueblo dominicano; también consigna que toda persona que atente contra respetabilidad, la honra y el buen nombre del Padre de la Patria y Fundador de la República, Juan Pablo Duarte y Díez, incurre en violación a tal disposición legal y la sanción prevista es prisión y multa.
Por su parte, el artículo 37 de la Ley núm. 210-19, sobre Símbolos Patrios, precisa que constituye ultraje contra el Himno Nacional cambiar su letra y tiempo musical, bailar mientras es interpretado, así como convertirlo en una pieza musical bailable.
En tanto, el artículo 39 de la referida Ley 210-19 precisa que “Las personas que cometan ultraje contra el uso correcto de los símbolos patrios serán castigadas con la pena de uno a tres meses de prisión y multa de cinco a veinte salarios mínimos del sector público”.
Esta entidad patriótica espera que el Ministerio Público investigue estos casos con el mayor sentido de urgencia, de manera que se alcancen los efectos disuasivos e intimidatorios necesarios para evitar que estos vergonzantes hechos se repitan.
Dr. Wilson Gómez Ramírez
Presidente